Últimamente nos han llegado varios trabajos de asesoramiento en la compra de viviendas y su acondicionamiento posterior, y los futuros compradores tenían dudas entre otras cosas sobre como obtener la certificación catastral de esas viviendas, por ello surge este post algo diferente a los que habitualmente hacemos.
Si vas a comprar una casa, hay ciertas cosas que debes conocer, como lo que es la certificación catastral de una vivienda.
Todas las viviendas deben estar inscritas en el Catastro.
La denominada cédula o certificado catastral de una vivienda es el identificador oficial, y obligatorio, de los bienes inmuebles. Es un informe en el que constan los datos jurídicos, físicos y económicos que deben permitir la identificación inequívoca de un inmueble determinado.
Dicha certificación tiene un código único asignado por el Catastro, y permite una gran seguridad jurídica para aquellas personas que realizan contratos sobre bienes inmuebles. También es un artilugio eficaz para luchar contra el fraude en el sector inmobiliario.
Hay diferentes tipos de certificaciones catastrales, como son las literales, que deben contener datos como la titularidad, la localización, la antigüedad, el valor catastral, la superficie o el uso que tiene. Además, estas cédulas pueden ser de un solo bien rústico o urbano, pero también puede contener todos los bienes inmuebles de un mismo titular.
El segundo tipo de certificados catastrales de una vivienda es aquel que es gráfico y descriptivo, ya que además de contener los datos ya mencionados de la cédula literal, también tienen datos sobre su representación gráfica, ya sean planos, o fotografías del inmueble en cuestión.
La normativa catastral obliga a incorporar cualquier modificación, ya sea física o por cambio de la titularidad, en los documentos notariales de compraventa de una vivienda. De esta forma, el Catastro Inmobiliario debe estar al tanto de cualquier cambio producido por la venta viviendas.
Para solicitar el certificado solo hay que acudir a la Gerencia del Catastro, a alguno de los Puntos de Información Catastral, o pedirlo en la Sede Electrnica.
Si bien, para consultar información de este tipo y que contenga datos protegidos, como pueden ser el valor o la titularidad del inmueble, solo lo pueden solicitar los herederos respecto a los bienes de quien los transmite y que figuren inscritos, los titulares de parcelas o viviendas colindantes, a excepción del valor, que seguirá siendo privado, y, por supuesto, el titular catastral del inmueble o cualquier persona que tenga su permiso expreso por escrito.